NOVEDADES Publicación

Res.Gral.AFIP 4041/17

Ref. Arancel único y fijo a abonarse por cada destinación y/u operación que se documente mediante el SIM - Prórroga.

2017-05-05 (BO 08/05/17)

VISTO la Res.Gral.AFIP 563/99 y su modificatoria Res.Gral.AFIP 4040/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Res.Gral.AFIP 563/99 estableció en su Artículo 1° un arancel único y fijo a abonarse por cada destinación y/u operación detallada que se documente mediante el Sistema Informático MALVINA (SIM) a cargo del usuario del mismo, el cual fue incrementado mediante la Res.Gral.AFIP 4040.
Que, en el actual contexto y a fin de un nuevo análisis con relación a la facilitación, simplificación y acompañamiento del crecimiento del comercio internacional, se estima conveniente prorrogar la entrada en vigencia de la Res.Gral.AFIP 4040/17 por el plazo de NOVENTA (90) días corridos.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Administración Financiera, de Recaudación y Técnico Legal Aduanera, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por NOVENTA (90) días corridos la fecha de entrada en vigencia de la Res.Gral.AFIP 4040/17, contados a partir del 3 de mayo de 2017, inclusive.

ARTÍCULO 2°.- Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas.
Cumplido, archívese.

Alberto R. Abad.

 

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